N118 - Configurar ficha de Consejero o Administrador
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    N118 - Configurar ficha de Consejero o Administrador

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    ¿Cómo configurar la ficha de un trabajador como Consejero y/o Administrador?

    Para ello, accede a la ficha del trabajador y pulsa en el icono Situación.

    Una vez situado, selecciona en la lista desplegable Forma de cotización la opción Consejeros y/o Administradores.

    A partir de aquí, la forma de configurar la ficha de un Consejero y/o administrador va a depender del régimen en el que esté incluido en Seguridad Social:

    1. Consejero y/o Administrador incluido en Régimen General como “asimilado”
    2. Consejero y/o Administrador incluido en Régimen Especial de trabajadores autónomos


    Consejero y/o Administrador incluido en Régimen General como “asimilado”

    Si el Consejero o Administrador está incluido en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajador “asimilado” a trabajadores por cuenta ajena, debes de informar todos los datos en la ficha del trabajador como cualquier otro trabajador.

    Una vez seleccionada la forma de cotización, haz clic en Régimen para seleccionar en la lista desplegable si pertenece al Régimen General, o al Sistema Especial Agrario.

    Igualmente, pulsa en Clave 190 para especificar la clave E y la subclave que desees que se lleve al modelo de la AEAT, atendiendo para ello a la cifra de negocio:

    • Subclave 01, cuando la cifra de negocio sea superior o igual a 100.000€
    • Subclave 02, cuando la cifra de negocio sea inferior a 100.000€

    De esta forma, al calcular la nómina, aparecerá con cotización a la Seguridad Social (con exclusión de la protección por desempleo y Fondo de Garantía Salarial) y, por tanto, se incluirá en los Seguros Sociales de la empresa.

    Cabe destacar que, como asimilados a trabajadores por cuenta ajena, es necesario tener informado el correspondiente Código de Cuenta de Cotización en la configuración de la empresa. Para ello, accede a la solapa Empresa > grupo Configuración > desplegable del icono Parametrización > opción Parametrización.

    Interfaz de usuario gráfica, Aplicación  Descripción generada automáticamente

    A continuación, selecciona en el margen izquierdo la opción Seguridad Social y, dentro del apartado Cuentas de cotización a la Seguridad Social, introduce el número de cuenta en el campo General.

    En el caso de tener más de una cuenta de cotización del Régimen general sería necesario crear una cuenta de cotización secundaria. Si es tu caso, puedes acceder al siguiente enlace donde se indica el procedimiento a seguir: Cuenta de cotización secundaria

    Por último, recuerda acceder a la solapa IRPF de la ficha del trabajador para calcular el tipo de retención a aplicar con el módulo de la AEAT, o bien, indicar un tipo de retención de forma manual.


    Consejero y/o Administrador incluido en Régimen Especial de trabajadores autónomos

    Si el Consejero o Administrador está incluido en el Régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores autónomos, marca la casilla de verificación Es autónomo o no cotiza a Seguridad Social. De este modo, no se aplicará ningún tipo de cotización a la Seguridad Social en la nómina del trabajador y, por tanto, no se incluirá en los Seguros Sociales de la empresa.

    Este tipo de Consejeros, que cotizan a la TGSS en el Régimen Especial de autónomos, deben aparecer en el Modelo 190 como Clave E y subclave 03 o subclave 04. Por tanto, pulsa en Clave 190 para seleccionar la clave y la subclave que corresponda teniendo en cuenta la siguiente información:

    • Subclave 03, cuando la cifra de negocio sea inferior 100.000€
    • Subclave 04, para percepciones distintas de las que deban relacionarse bajo la subclave 01, 02 y 03.

    Por último, recuerda igualmente acceder a la solapa IRPF de la ficha del trabajador para calcular el tipo de retención a aplicar con el módulo de la AEAT, o bien, indicar un tipo de retención de forma manual.


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