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N1511 - Las retribuciones totales consignadas en datos económicos no pueden ser inferiores o iguales a las retribuciones ya satisfechas con anterioridad
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Al regularizar el IRPF salta el siguiente mensaje: Las retribuciones totales consignadas en datos económicos no pueden ser inferiores o iguales a las retribuciones ya satisfechas con anterioridad a la regularización
Este mensaje puede aparecer al regularizar el IRPF de un trabajador, cuando el programa calcula unas retribuciones totales iguales o inferiores a las retribuciones que se habían estimado para calcular el IRPF en un principio.
Esto puede ser debido a diversas causas:
- Accede a la ficha del trabajador y, dentro del icono Situación, comprueba que la jornada configurada sea correcta.
En caso de una jornada del tipo Parcial – Porcentaje, es necesario configurar el porcentaje de jornada que corresponda.
En caso de una jornada del tipo Parcial – Marcar días/horas, deben indicarse los días y horas de jornada.
- Para jornadas regulares, dentro del apartado Definición de días/horas trabajados en la semana.
- Para jornadas irregulares, debes pulsar dentro del botón Ir al calendario de trabajo para configurar los días y horas de jornada.
- El contrato del trabajador debe incluir fechas que se encuentren vigentes dentro del rango del cálculo.
- Accede al icono Calendario de asistencia de la ficha del trabajador para comprobar si existe algún tipo de incidencia durante el ejercicio que esté impidiendo un cálculo correcto de las retribuciones del trabajador. Por ejemplo, es posible que exista algún parte de incapacidad temporal sin fecha de alta que ocupe todo el espacio del año natural.
- Accede a la solapa Procesos > grupo Asistencia > icono Ausencias.
Si el trabajador tiene ausencias creadas, deben incluir la información necesaria. No deben existir ausencias sin datos.
Una vez realizadas las comprobaciones, en caso de realizar alguna modificación, será necesario acceder a la solapa I.R.P.F. de la ficha del trabajador y calcular nuevamente el IRPF. Para ello, elimina cualquier información existente en el campo Retribuciones totales que está situado dentro del apartado Datos económicos y, seguidamente, haz clic en el icono Calcular el tipo de retención.
De esta forma, el programa simulará las nóminas que hay que calcularle a lo largo del año y establecerá en el campo Tipo de retención calculada el tipo de retención que hay que practicar al trabajador en la nómina.
A continuación, sería necesario regularizar el tipo de retención. Para ello, selecciona de la lista desplegable Causa la opción que proceda y, a continuación, pulsa el icono Regularizar que está situado en la cinta de opciones.
Al regularizar, el programa simulará las nóminas que hay que confeccionar desde el mes de la regularización en adelante y sumará las nóminas ya calculadas hasta el mes anterior a la regularización. En base al importe obtenido se establecerá en el campo Tipo de retención calculada el tipo de retención que hay que practicar al trabajador en la nómina.