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N1628 - El programa calcula las vacaciones cuando son inferiores a 1 día
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¿El programa calcula las vacaciones cuando son inferiores a 1 día?
En aplicación de la normativa vigente, las vacaciones inferiores a un día deben incluirse dentro de la liquidación normal (Boletín RED del día 12 de Julio de 2016).
Por lo tanto, el programa sí que calcula las vacaciones en este caso, solo que no se genera tramo adicional, y su importe se incluye en las bases de cotización de la nómina normal.
Por ejemplo, se calcula una nómina normal con finiquito, de un trabajador con un contrato de corta duración del cual le corresponde una parte proporcional de vacaciones inferior a 1 día.
Para consultar el Análisis de la nómina accede al grupo Mostrar > desplegable del icono Más > opción Análisis.
A continuación, selecciona la opción Cálculo de importes.
Una vez situado localiza el apartado Bases de cotización a la S.S. y para retención del IRPF (detalladas por conceptos), en él podrás comprobar que el importe correspondiente a P.P. VACACIONES ha sido sumado a las bases de cotización junto con el resto de los conceptos retributivos.