N1979 - Error R9582 - Tipo de dato C. Código 563
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    N1979 - Error R9582 - Tipo de dato C. Código 563

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    Error R9582 - Tipo de dato C. Código 563

    Para solucionar el error con mayor facilidad, es aconsejable que previamente solicites el IDC del trabajador para verificar la información que tienes en Seguridad Social y reflejarla de igual modo en el programa.

    El código 563 identifica la compensación de IT por enfermedad común.

    El error R9582 indica que el dato solicitado obligatorio (C563) no ha sido informado.

    En el caso de que el trabajador se encuentre en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral, este código se incluirá automáticamente en el tramo de la nómina a partir del día 16 de la baja.

    Por tanto, si no aparece dicho código en el tramo de la nómina, puedes comprobar lo siguiente:

    1. Comprueba la fecha de baja
    2. Comprueba la escala de IT
    3. Posible recaída
    4. Ejemplo
    5. Pago delegado en situaciones de Menstruación incapacitante secundaria / Interrupción voluntaria del embarazo / Gestación avanzada desde la semana 39


    Comprueba la fecha de baja

    Accede al parte de IT que tiene creado el trabajador, y comprueba que la Fecha de baja esté indicada correctamente.


    Comprueba la escala de IT

    Si el trabajador tiene asignado el mismo convenio que la empresa, accede al convenio propio de la empresa a través de la solapa Empresa > grupo Configuración > icono Convenio.

    A continuación, comprueba que la escala de IT esté creada correctamente.

    Si el trabajador tiene asignado un convenio diferente, accede a la solapa Entorno > grupo Convenios > desplegable del icono Convenios > opción Convenios.

    Seguidamente, haz doble clic en el convenio del trabajador y revisa la escala de IT.


    Posible recaída

    Si el periodo en IT es inferior a 16 días, es posible que se trate de una recaída.

    En este caso, una vez verificado que se trate de una IT por recaída, es necesario acceder al parte de IT que tenga creado el trabajador y seleccionar en el campo Recaída la opción Sí. A continuación, selecciona la I.T. anterior a la que se hace referencia.

    Interfaz de usuario gráfica, Aplicación, Tabla  Descripción generada automáticamente


    Ejemplo

    Trabajador en IT desde el 2 de octubre hasta el 10 de octubre por enfermedad común. Repuesta de Seguridad Social:

    • 2/10 al 10/10 - R9582 C563 dato solicitado obligatorio no informado.

    Seguridad Social está solicitando la compensación de IT por enfermedad común. Según las fechas del parte de IT a dicho trabajador no le corresponde pago delegado, ya que en IT por enfermedad común comienza el pago delegado a partir del día 16 de la baja, y lleva solo 9 días de baja. Por lo tanto, el programa no está calculando el pago delegado ya que según la información reflejada no corresponde.

    Puede ocurrir que las fechas de baja que constan en Seguridad Social sean distintas a las reflejadas en el programa o que el trabajador venga de una recaída.

    Recuerda en este caso solicitar un fichero IDC del trabajador, para así revisar la información que consta en Seguridad Social para ese trabajador. Posteriormente, comprueba la información indicada en el programa siguiendo los pasos que se han mencionado anteriormente.


    Pago delegado en situaciones de Menstruación incapacitante secundaria / Interrupción voluntaria del embarazo / Gestación avanzada desde la semana 39

    Cabe destacar que en el caso de que el trabajador se encuentre en situación de IT por:

    • Menstruación incapacitante secundaria.
    • Interrupción voluntaria del embarazo.
    • Gestación avanzada desde la semana 39.

    El pago delegado no comienza a partir del día 16 de la baja como ocurre en el caso de enfermedad común o accidente no laboral.

    A continuación, puedes visualizar cuándo comienza el pago delegado para este tipo de incapacidades temporales.

    Por ejemplo, trabajador en IT del 20/11 al 28/11 por menstruación incapacitante secundaria. Como puedes comprobar en el tramo de la nómina, desde el primer día de la baja en este caso comienza el pago delegado.

    Interfaz de usuario gráfica, Texto, Aplicación, Correo electrónico  Descripción generada automáticamente

    Trabajadores Agrarios, Empleados del hogar y Artistas

    Se debe tener en cuenta que, en trabajadores del Sistema Especial Agrario, Empleados del hogar y Artistas, al no tener pago delegado, cuando se encuentren de baja por este tipo de incapacidades temporales se les aplicará el pago directo desde el comienzo de la baja.


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