N35.01. Rectificativas fuera de plazo
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    N35.01. Rectificativas fuera de plazo

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    Article Summary

    Liquidaciones rectificativas fuera de plazo

    Introducción

    En el Boletín de Noticias RED 7/2021 de fecha 10 de diciembre de 2021, se informa que la Tesorería General de la Seguridad Social, va a proceder a implantar un procedimiento a través del Sistema RED, para el requerimiento a los empresarios de los datos precisos para la comprobación de determinadas liquidaciones de cuotas practicadas a través del Sistema de Liquidación Directa.

    Descripción del proceso

    Solicitud de datos al autorizado al Sistema RED

    El proceso se iniciará desde la TGSS con la comunicación al autorizado, a través de SILTRA, de un Fichero de Respuesta si es autorizado SLD, o un aviso al buzón si el autorizado es de RED Directo.

    En ambos supuestos, en la comunicación se indicará el código de cuenta de cotización (CCC), Régimen, Período de Liquidación e identificador de la liquidación de cuotas respecto de la que se requiere la aportación de los datos necesarios para efectuar el cálculo de los trabajadores que se encuentran en estado borrador no totalizado tras la revisión realizada por la TGSS (bases de cotización, etc.).

    Se podrán consultar los trabajadores, o asimilados, respecto de los que se requiere la aportación de datos, a través del servicio establecido en Sistema RED ‘Obtención de informe de trabajadores recalculados por actualización de la liquidación’.

    Como ejemplo, más abajo se muestra un requerimiento recibido por un usuario RED en el cual se indica que al haberse detectado variaciones, realizadas con posterioridad a la presentación y que afectan a los cálculos efectuados en su día en la liquidación, se le solicita en el tramo del fichero de bases, el dato correspondiente al número de horas trabajadas de un trabajador a tiempo parcial.

    Texto, Carta  Descripción generada automáticamente

    Remisión de datos y validaciones

    El autorizado del Sistema RED deberá remitir un fichero de bases actualizado a través de SILTRA (usuarios de SLD Remesas) o a través del Servicio de ‘Confección de Liquidaciones fuera de plazo’ (usuarios de RED Directo).

    Si el autorizado comunica datos no requeridos por la TGSS (por ejemplo, bases de trabajadores que ya aparecen totalmente calculados en el borrador no totalizado) o si los datos proporcionados en el fichero de bases no supera las validaciones establecidas, la TGSS remitirá el fichero de respuesta con los errores correspondientes.

    En particular, se deberá tener en cuenta que la base de cotización proporcionada a nivel mensual por trabajador no podrá ser inferior a la presentada en la liquidación vigente, con dos excepciones:

    1. Cuando se haya minorado el número de días cotizados del trabajador y la base presentada en la liquidación vigente no supere ahora el control de bases     máximas. En este caso, se aceptará una base inferior siempre que, a nivel mensual, la base proporcionada corresponda con la base máxima diaria multiplicada por el total de días cotizados del trabajador.

    2. Cuando la base de cotización proporcionada (o bien la presentada inicialmente) haya sido calculada por el sistema de información de la TGSS, al tratarse de          trabajadores o situaciones que coticen por bases fijas.

    Una vez superadas todas las validaciones se facilitará el borrador de la Relación Nominal de Trabajadores (RNT), así como el borrador del Documento de Cálculo de la Liquidación (DCL), con el cálculo completo de la liquidación.

    Generación del fichero de rectificación fuera de plazo desde el programa

    Para confeccionar el fichero con la información requerida por la TGSS, hay que situarte en el ejercicio correspondiente al de la liquidación solicitada. A modo de ejemplo, si nos solicitan datos del ejercicio 2017, se debe acceder a ese ejercicio para confeccionar la liquidación y solicitar la confirmación. Una vez situado en el ejercicio que corresponda, hay que pulsar en la solapa Comunicación > grupo SILTRA > Desplegable del icono Fichero de Bases > opción Liquidaciones complementarias.

    Una vez situado en el fichero de liquidaciones complementarias, se debe pulsar el icono Nuevo

    En la nueva liquidación, introduce el texto para la descripción, este texto es solo a título informativo, seguidamente, hay que indicar Tipo de liquidación L00 – Rectificación fuera de plazo (en el supuesto de que la rectificación fuese de una L13, hay que seleccionar la opción correspondiente a esta liquidación).

    Después de indicar el tipo de liquidación a confeccionar, pulsando el botón Nuevo se accederá a la ventana de creación de tramo.

    Interfaz de usuario gráfica, Texto, Aplicación  Descripción generada automáticamente

    Debe Introducirse el código de trabajador y la fecha de inicio y fin del tramo. Seguidamente, dependiendo de los datos solicitados por la TGSS en el requerimiento, se deben indicar los datos de bases o número de horas trabajadas.

    En el supuesto de que los datos solicitados sean de bases, hay que pulsar en el botón Nuevo Concepto económico, en el desplegable que se abre, debe seleccionarse el código de base que solicitan, por ejemplo, 500 – Base de contingencias comunes o 601 – Base de Contingencias Profesionales, una vez seleccionado el código introduce el importe.

    Para introducir una nueva línea, debe pulsarse nuevamente el botón Nuevo concepto económico.

    En el supuesto que la TGSS solicite datos referentes al número de horas, hay que pulsar en el botón Nuevo concepto de horas.

    Interfaz de usuario gráfica, Aplicación, Word  Descripción generada automáticamente

    Selecciona el tipo de horas que se solicita e introduce el número de horas.

    Tramitacion del fichero de bases

    Una vez introducidos y guardados los cambios, ya se puede tramitar el fichero de bases correspondiente a esta liquidación, para ello, hay que acceder a la solapa Comunicación > grupo SILTRA > desplegable del icono Fichero de bases > opción Fichero de bases.

    En la ventana de generación del fichero de bases hay que seleccionar la opción Liquidación complementaria y seleccionar la liquidación que se ha creado en los pasos anteriores.

    En esta misma ventana debe seleccionarse que esta liquidación rectifica una liquidación ya confirmada fuera de plazo e introducir el número de liquidación.

    El número de liquidación lo puedes encontrar en el requerimiento que te ha enviado la TGSS. En la imagen de más abajo se muestra un ejemplo.

    Confirmación de liquidación

    A continuación, el autorizado del Sistema RED deberá confirmar la liquidación resultante. A diferencia del proceso de rectificación en plazo, este procedimiento no permite la confirmación parcial de liquidaciones, por lo que es necesario que todos los trabajadores estén conciliados.

    La solicitud de confirmación de la liquidación podrá realizarse mediante el envío de un fichero de confirmación (usuarios de SLD Remesas) o a través del servicio ‘‘Confección de Liquidaciones fuera de plazo’’ (usuarios de RED Directo).

    El autorizado del Sistema RED podrá confirmar los borradores totalizados en el siguiente plazo:

    Para comunicaciones enviadas por la TGSS entre los días 1 y 15 del mes -> hasta las 23:59 del día 25 de ese mismo mes.

    Para comunicaciones enviadas por la TGSS entre los días 16 y 31 del mes -> hasta las 23:59 del día 10 del mes siguiente.

    Si en el momento de procesar la confirmación existieran modificaciones respecto de algún trabajador, la liquidación de cuotas quedará sin confirmar, facilitándose por la TGSS un fichero con los trabajadores que, por tener errores, no han podido ser calculados.

    En el caso de que pudieran calcularse todos los trabajadores, la TGSS facilitará un nuevo borrador del RNT y del DCL, para su posterior confirmación.

    Finalizado el plazo indicado anteriormente, las liquidaciones de cuotas que se encuentren totalmente calculadas y no hayan sido confirmadas expresamente por el autorizado RED, serán confirmadas de oficio.

    En caso de que el autorizado no haya remitido todos los datos necesarios para que el borrador quede totalizado, la TGSS calculará la nueva liquidación de cuotas en virtud de la información obrante en sus bases de datos, los procedimientos que se hayan podido iniciar y teniendo en cuenta la normativa vigente para cada supuesto. Seguidamente, la liquidación se confirmará de oficio, facilitando al interesado el documento RNT y el DCL correspondientes.

    Cabe destacar que para confirmar la liquidación en el programa hay que situarse en el ejercicio correspondiente al que se creó la liquidación L00 o L13.

    Para solicitar la confirmación hay que acceder a la solapa Comunicación > grupo SILTRA > desplegable del icono Solicitudes > opción Solicitud de confirmación de liquidación.

    En la ventana de generación del fichero de solicitud de confirmación hay que indicar el número de liquidación que te ha asignado la TGSS, seguidamente selecciona la liquidación complementaria a enviar y pulsa el botón Generar. Una vez generado el fichero ya se podría importar en la aplicación de SILTRA para su envío.

    Actualización de la liquidación vigente

    La confirmación de la nueva liquidación de cuotas implica:

    La actualización de los datos e importes de la última liquidación de cuotas existente, para el correspondiente período de liquidación, en las bases de datos de la TGSS.

    La determinación de las diferencias entre la liquidación inicialmente calculada y la actualizada.

    En su caso, el ingreso del importe correspondiente a estas diferencias se podrá realizar desde el Sistema RED mediante la obtención del documento TC 1/31 a través del servicio de ‘Consulta y obtención de recibos fuera de plazo’. Este recibo estará disponible a partir del día siguiente al de la confirmación de la nueva liquidación de cuotas, si bien, en determinados supuestos y en función de la situación en la que pudiera encontrarse la liquidación inicial, la posibilidad de obtención del recibo podría demorarse algún día más.

    Debe tenerse en cuenta también que dicho servicio ofrece información de las liquidaciones de cuotas pendientes de ingreso en función del periodo de liquidación, por lo que, en este supuesto de liquidaciones generadas por diferencias, dichas liquidaciones de cuotas tendrán el mismo periodo de liquidación que la inicial, aunque pueden figurar con un nº de liquidación diferente en función de las actuaciones que se hayan debido realizar.

    En todos los casos, la liquidación actualizada quedará consolidada, continuando el proceso recaudatorio, según proceda.


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