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N738 - Cómo tramitar una baja médica
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¿Cómo tramitar una baja médica?
Para tramitar una baja médica, accede a la solapa Procesos > grupo Asistencia > icono Incapacidades.
A continuación, pulsa el icono Nueva para crear un nuevo parte de incapacidad temporal.
A continuación, cumplimenta cada uno de los campos teniendo en cuenta lo siguiente:
- En el margen superior indica el Trabajador y selecciona en tipo de Contingencia la opción que proceda: enfermedad común, accidente de trabajo, etc.
- En el apartado Parte de baja, indica la Fecha de comienzo de la baja médica (o fecha del accidente, en su caso)
- Si se trata de una Recaída, selecciona en el desplegable la opción Sí y, a continuación, indica la I.T. anterior a la que se haga referencia.
- En Nº de colegiado, indica el número facilitado por el facultativo.
- Tanto la base de cotización como los días cotizados en el mes se cumplimentarán automáticamente con la información recogida en el acumulado del trabajador, teniendo en cuenta el último alta laboral en aquellos trabajadores a tiempo parcial. En el caso de no existir información en el acumulado, será necesario introducir dichos datos manualmente.
- En el enlace de Descripción de funciones, se informan las funciones del trabajador, es un dato necesario que se debe incluir en el fichero fdi. Recuerda incluir un mínimo de 15 caracteres.
- En el caso de que exista hospitalización, y el convenio asignado al trabajador establezca algún tipo de complemento por este motivo, es necesario indicar Fecha inicio hospitalización y Fecha fin hospitalización.
- Si necesitas que durante el periodo en IT el trabajador solo cotice por la base de cotización exclusiva empresarial, marca la casilla El trabajador pasa a pago directo de la entidad gestora desde e indica en el campo contiguo la fecha en que comience el pago directo.
- En el apartado Parte de alta indica el Nº de colegiado, la Fecha en que finalice la incapacidad temporal y la Causa del alta, cuando proceda.
Cómo comunicar un parte de baja a Seguridad Social
Una vez cumplimentado el parte de IT, para informar sobre esta incidencia en Seguridad Social, puedes crear un fichero desde la solapa Comunicación > grupo SILTRA > desplegable del icono Incapacidades > opción Incapacidades.
Una vez situado, selecciona en Tipo la opción que proceda e indica el rango de fechas de aquellos partes que quieras incluir en el fichero.
Por último, pulsa el botón Generar.
Se debe tener en cuenta que, a partir del 1 de abril de 2023, se suprimió la obligación de las empresas de transmitir información al INSS en los sucesivos partes de confirmación y de alta. Es decir, únicamente se deberán remitir los datos económicos en el momento de la baja y, siempre y cuando, exista en la base de datos del INSS un parte de baja que previamente haya sido comunicado a la empresa vía FIE/FIER.
Excepción. Solo deberán enviarse partes de baja, alta y confirmación cuando:
- Existan trabajadores que tengan una IT por CP y la cobertura sea responsabilidad de una empresa colaboradora por contingencias profesionales.
- Existan trabajadores que tengan una IT por CC y la cobertura sea responsabilidad de una empresa excluida de IT por contingencias comunes.