N845 - Cómo cotiza un trabajador de formación
    • Dark
      Light

    N845 - Cómo cotiza un trabajador de formación

    • Dark
      Light

    Article summary

    ¿Cómo cotiza un trabajador de formación?

    Puedes visualizar el desglose de la cuota fija por formación desde la solapa Entorno > grupo Seguridad Social > desplegable del icono Tablas de cotización > opción Tipos de cotización.

    Para ello, accede a la última tabla vigente y selecciona la solapa Contratos para la formación para consultar la información.

    Interfaz de usuario gráfica, Aplicación  Descripción generada automáticamente

    Para el cálculo de la cuota fija, a las cuotas establecidas en la tabla anterior será necesario añadir la cuota correspondiente al Mecanismo de equidad intergeneracional, que para el año 2024 tiene un valor de 9,26€.

    Se debe tener en cuenta que la nueva forma de cotización de los trabajadores con contratos de formación, según las indicaciones del boletín de noticias RED 06/2023, es la siguiente:

    1. Trabajadores con contratos formativos en alternancia (TRL 087)
    2. Trabajadores con contratos formativos incluidos en Programas de formación (TRL 986)


    Trabajadores con contratos formativos en alternancia (TRL 087)

    La base de cotización de estos contratos será por los importes percibidos y con el control de las bases mínimas y máximas establecidas para el grupo 7 de cotización, independientemente de que el trabajador tenga un grupo distinto.

    En aquellos casos en que la base de cotización supere la base mínima vigente, se estará sujeto a una cotización adicional por el exceso de dicha base (Fase III: Cotización de contratos de formación en alternancia).

    La cuota para cotizar durante el ejercicio 2024 será de 180,55€.

    Cuando la base de cotización supere la base mínima establecida para el grupo 7, la cuota a ingresar será el resultado de sumar la cuota única anterior y la cuota resultante de aplicar los tipos de cotización vigentes al importe que exceda de la base mínima. Esta cotización por exceso se aplicará a todas las contingencias, excepto al MEI.

    Este tipo de trabajadores SÍ tienen que enviar tramos de SILTRA con las bases de cotización, por lo que será necesario generar el fichero de bases.

    Si necesitas información sobre cómo generar el correspondiente fichero de bases, pulsa en el siguiente enlace: Envío de fichero de bases

    Trabajadores con contratos formativos incluidos en Programas de formación (TRL 986)

    La base de cotización de estos trabajadores seguirá siendo la mínima vigente para el grupo 7 del Régimen general, por el periodo comprendido de la nómina. La cuota, igualmente, será de 180,55€ para el año 2024.

    Para este tipo de trabajadores NO será necesario enviar el fichero de bases, salvo que existan horas formativas o el trabajador se encuentre en situación de pago delegado. En el resto de los casos, procederá enviar únicamente el fichero de solicitud de borrador.

    Si necesitas información sobre cómo generar el correspondiente fichero de solicitud de borrador, pulsa en el siguiente enlace: Solicitud de borrador de liquidación


    Was this article helpful?